 | | Inicio convocatoria: 14/02/2007 | Final convocatoria: 31/12/2013 | Organismo otorgante: Cnj. Economía, Comercio e Innovación / Junta de Extremadura
| Acciones subvencionables: Ayudas para el desarrollo del tejido empresarial extremeño a través del apoyo directo a la inversión productiva con el establecimiento de una línea de ayudas en forma de subvención directa, para los siguientes proyectos promocionables:
- proyectos de creación de nuevas empresas.
- proyectos de ampliación-modernización de centros productivos existentes.
- proyectos de traslado de centros productivos existentes.
- proyectos de integración de tecnologías limpias en la empresa.
| | Fin de la inversión: 31/12/2013 | | Inversión mínima: 15.000,00 € |
| | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda máxima: 40,00 % ó 150.000,00 € | |
| Gastos subvencionables: Serán subvencionables: terrenos; edificios; equipamiento; otras inversiones.
NO serán subvencionables: inversiones realizadas mediante leasing; inversiones realizadas mediante un sistema de venta y arriendo retroactivo (lease-back), el Impuesto sobre el Valor Añadido, las tasas y otros impuestos, así como los gastos financieros ocasionados por el desarrollo del proyecto; inversiones de reposición o mera sustitución de equipos y maquinaria, salvo que la nueva adquisición corresponda a equipos o maquinaria distintos a los anteriores.
| Información adicional: BENENFICIARIOS: personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, así como sociedades civiles que gocen de personalidad jurídica propia. Quedan excluidas las empresas públicas o participadas mayoritariamente por éstas, y las entidades de derecho público.
CUANTIA: el importe mínimo del proyecto de inversión a realizar será de 15.000 euros. El porcentaje reflejado se elevará en el caso de las pequeñas y medianas empresas al 60% y 50% respectivamente. El importe reflejado es por proyecto con carácter general, en el caso de que se trate de una empresa de economía social este importe será de 180.000 euros.
RESTRICCIONES: quedan excluidos de estos incentivos las actividades de transporte e industria del carbón y pesqueras. Para los casos 2, 3 y 4, la inversión proyectada inferior a 100.000 euros, será suficiente el mantenimiento de la plantilla máxima de trabajadores indefinidos, con que contara la empresa en los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda. Para la obtención de las ayudas se establece como financiación del proyecto el 25% por parte del promotor sin ningún tipo de ayuda pública, una vez recibida la comunicación de elegibilidad. Quedan excluidos de estas ayudas los proyectos de inversión que puedan acogerse a los beneficios de la línea de Incentivos Económicos Regionales. La empresa beneficiaria no podrá optar a otra subvención en esta línea de incentivos hasta que hayan transcurrido dos años desde la fecha de presentación de la anterior solicitud de
subvención.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas son incompatibles con los programas del eje LEADER o medidas que sustituyan a los programas de la iniciativa comunitaria LEADER y programa de desarrollo rural PRODER. Los beneficiarios que se les conceda una ayuda para un proyecto de inversión no podrán solicitar otra ayuda hasta que no haya transcurrido dos años desde la fecha de presentación de la anterior solicitud de subvención.
NOTA INTERNA: Se valorará para la obtención de estas ayudas, el sector de actividad de la empresa promotora o la generación de empleo estable; el impacto socioeconómico, y aprovechamiento de los recursos endógenos de la zona, así como la utilización de materia prima regional. Además, se tendrá en cuenta la modalidad de la inversión; el carácter innovador del proyecto y la utilización de nuevas tecnologías, el respeto por el medio ambiente y la calidad. Los expedientes presentados antes del 31/12/06 y que no hayan recibido resolución, se resolverán al amparo del D.43/2001, siempre que se resuelvan antes del 30/06/07. Estas ayudas están cofinanciadas por el FEDER. El plazo máximo para notificar la resolución será de seis meses.
| Localización del proyecto: Extremadura España
| Localización del beneficiario: Extremadura España
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Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea. Serie C
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 19/09/2001 | | Autorización de ayudas estatales (2001/C 263/03) | -2-5-
| | 19/05/2001 | Decisión comunitaria de 29/01/2001 | Autorización de ayudas estatales (2001/C 149/03) | 9
| Boletín: Diario Oficial de Extremadura
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 10/05/2010 | Resolución de 26/04/2010 | Concesión de ayudas del D. 20/2007, de 06/02/07 | 11609-11611
| | 13/04/2010 | Resolución de 24/03/2010 | Concesión de ayudas del D. 20/2007 de 06/02/07 | 9067-9069
| | 23/03/2010 | Resolución de 02/03/2010 | Concesión del D.20/2007, de 06/02/07 | 6734-6737
| | 06/11/2009 | Resolución de 21/10/2009 | Concesión de ayudas del D. 20/2007, de 06/02/07 | 30304-30305
| | 17/09/2009 | Resolución de 01/09/2009 | Concesión del D.20/2007, de 06/02/07 | 25643-25644
| | 20/07/2009 | Resolución de 07/07/2009 | Concesión y denegación de ayudas del D. 20/2007, de 06/02/07 para 2009 | 20985-20987
| | 23/04/2009 | Resolución de 07/04/2009 | Concesión del D.20/2007, de 06/02/07 | 11522-11524
| | 23/03/2009 | Resolución de 16/03/2009 | Concesión del D.20/2007, de 11/04/07 | 7578-7580
| | 19/03/2009 | Decreto de 13/03/2009 | Se modifican puntualmente el D.19/2007, de 06/02/07 | 7246-7250
| | 21/11/2008 | Resolución de 12/11/2008 | Concesión del D.20/2007, de 06/02/07 | 31031-31033
| | 11/11/2008 | Resolución de 27/10/2008 | Se modifica el D.20/2007, de 06/02/07 | 30109-30311
| | 11/11/2008 | Orden autonómica de 24/10/2008 | Se modifica las condiciones de proyectos acogidos al D.43/2001, de 20/03/08 | 30107-30108
| | 30/10/2008 | Decreto de 24/10/2008 | Se modifica el D.20/2007, de 06/02/07 | 29151-29160
| | 14/07/2008 | Resolución de 18/06/2008 | Concesión del D.20/2007, de 06/02/07 | 19162-19165
| | 02/06/2008 | Resolución de 09/05/2008 | Concesión de la D.20/2007, de 06/02/07 | 14835-14838
| | 14/04/2008 | Decreto de 11/04/2008 | se modifica el D.20/2007, de 06/02/07 | 9375-9380
| | 24/02/2007 | Decreto de 20/02/2007 | Se modifica el D.20/2007, de 06/02/07 | 3109-3111
| | 13/02/2007 | Decreto de 06/02/2007 | Bases y convocatoria para el período 2007-2013. Deroga D.43/2001, de 20/03/01 | 2281-2317
| | 09/05/2006 | Decreto de 02/05/2006 | Se modifican varios art. del D.43/2001, de 20/06/01 | 7793-7794
| | 19/05/2005 | Orden autonómica de 03/05/2005 | Se da publicidad a los nuevos modelos del D.43/2001, de 20/03/01 | 6703-6725
| | 21/09/2004 | Decreto de 14/09/2004 | Se establecen medidas complementarias del D.43/2001, de 20/03/01 | 11468-11469
| | 11/12/2003 | Orden autonómica de 07/11/2003 | Concesión del D.43/2001, de 20/03/01 | 14663-14665
| | 11/12/2003 | Orden autonómica de 14/11/2003 | Concesión del D.43/2001, de 20/03/01 | 14665-14667
| | 31/05/2001 | Orden autonómica de 22/05/2001 | Modelos para la tramitación del D.43/2001, de 20/03/01 | 5841-5863
| | 27/03/2001 | Decreto de 20/03/2001 | Bases y convocatoria para el año 2001 | 2849-2859
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