 | | Inicio convocatoria: 13/07/2010 | Final convocatoria: 29/10/2010 | Organismo otorgante: Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER)
| Acciones subvencionables: Ayudas para:
- asesoramiento externo para la implantación de sistemas de gestión:
- sistemas de normalización implantables en cualquier sector económico (ISO 9001, ISO 14001, OSHAS 18001, ISO 166002,...)
- sistemas de normalización especialmente desarrollados para sectores específicos (IFS, BRC, ISO 22000, ISO 17025,..)
- modelo EFQM (Ader Excelencia Empresarial)
- proyectos de implantación de normas certificables de carácter voluntario.
- asesoramiento externo para la realización de estudios e implantación de herramientas, dirigidos a conseguir la mejora en la gestión empresarial:
- realización de prospecciones de mercado, auditorías sociolaborales, estudios de diagnosis o mejora en las diferentes áreas de la empresa.
- implantación de herramientas innovadoras de gestión no certificables.
- inversiones en activos ligados a la infraestructura de calidad:
- dotación de equipos y sus instalaciones, para cubrir necesidades de control de calidad, homologación o certificación de materias primas, productos en curso y terminados en las empresas.
- dotación de equipos y sus instalaciones, para la realización de ensayos y análisis técnicos.
- hardware y software para la implantación de los sistemas diagnósticos y herramientas de gestión.
- contratación por las empresas de técnicos para la implantación de sistemas de gestión.
Las actuaciones subvencionables podrán realizarse en las siguientes modalidades:
- participación individual.
- participación en cooperación.
| | Inicio de la inversión: 01/01/2010 | | Inversión mínima: 3.000,00 € |
| | Tipo de subvención: | Subvención a fondo perdido
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| | Cuantía de la ayuda: | | Ayuda máxima: 50,00 % ó 100.000,00 € | |
| Gastos subvencionables: Serán subvencionables:
- para el caso 2, costes de servicios de consultoría prestados por consultores externos.
- para el caso 4, los costes salariales a lo largo de un período de veinticuatro meses a partir de la
contratación.
NO serán subvencionables: inversiones cuya base imponible expresada en la correspondiente factura sea inferior a 300 euros; costes de auditoría de seguimiento; costes de adecuación, mantenimiento o adaptación de normas; implantación o certificación de una norma; costes de segundas y posteriores calibraciones de los equipos subvencionados; costes de normalización, certificación, homologación de productos y obtención de marcas de calidad; mobiliario; elementos fungibles y consumibles de las instalaciones de laboratorio; vehículos; activos usados.
| Información adicional: BENEFICIARIOS: empresas, organizaciones públicas, semipúblicas o privadas que presten servicios a las empresas, así como las agrupaciones empresariales.
CUANTIA: el porcentaje máximo reflejado es para el caso 1, 2 y 4, de los gastos subvencionables.
Para el caso 3, el porcentaje máximo subvencionable será del 20% para pequeñas empresas y el 10% para medianas empresas.
Para todas las actuaciones se incrementará la subvención indicada en un 0,5% cuando el beneficiario acredite algún modelo de certificación en el ámbito de las relaciones laborales, la responsabilidad social corporativa, la conciliación de la vida familiar y laboral, planes de igualdad, empresas familiarmente responsables, sistemas de prevención de riegos laborales y las Ohsas 18001, siempre que no suponga la superación del 20% para ayudas a la inversión y del 50% para ayudas en servicios de consultoría no vinculados a los programas propuestos por Ader
Excelencia empresarial. La cuantía máxima reflejada es un límite general por proyecto.
La inversión y/o gasto mínimo subvencionable deberá ser igual o superior a 3.000 euros, excepto proyectos de implantación de sistemas de gestión alineados con los principios de la Excelencia siguiendo el itinerario definido por ADER Excelencia empresarial.
Las ayudas están sujetas a los límites impuestos por la norma comunitaria de mínimis (en general, máx.: 200.000 euros de ayuda por beneficiario durante 3 años, 100.000 euros para el sector de transporte ó 30.000 euros para los de pesca y acuicultura).
RESTRICCIONES: se excluyen las empresas en período de reestructuración.
Sólo podrán subvencionarse inversiones iniciadas y gastos efectuados con posterioridad a la presentación de la correspondiente solicitud, salvo los correspondientes a la contratación de técnicos para la implantación de técnicas de gestión que serán subvencionables a partir del 01/01/10.
NOTA INTERNA: estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.
El presupuesto total para el año 2010 es de 794.160 euros; para el año 2011 es de 621.760 euros y para el 2012 es de 184.080 euros.
| Localización del proyecto: Rioja (La) España
| Localización del beneficiario: Rioja (La) España
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Boletín: Boletín Oficial de La Rioja
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 12/07/2010 | Resolución de 05/07/2010 | Segunda convocatoria para el año 2010 | 9719-9724
| | 12/02/2010 | Resolución de 01/02/2010 | Convocatoria para el año 2010 | 1488-1493
| | 23/10/2009 | Resolución de 19/10/2009 | Bases y convocatoria para el año 2009 | 13616-13620
| | 19/06/2009 | Resolución de 15/06/2009 | Segunda convocatoria para el año 2009 | 8434-8437
| | 16/02/2009 | Resolución de 12/02/2009 | Convocatoria para el año 2009 | 1908-1917
| | 16/02/2009 | Orden autonómica de 12/02/2009 | Se modifica la O.9/2008, de 03/06/08 | 1889-1891
| | 07/06/2008 | Orden autonómica de 03/06/2008 | Bases reguladoras | 3910-3915
| | 07/06/2008 | Resolución de 06/06/2008 | Convocatoria para el año 2008 | 3962-3964
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