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Subvenciones y ayudas

Ayudas a la promoción de la innovación en la gestión empresarial (IGE)
Inicio convocatoria: 13/07/2010Final convocatoria: 29/10/2010
Organismo otorgante:
Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER)
Acciones subvencionables:
Ayudas para:
  1. asesoramiento externo para la implantación de sistemas de gestión:
    1. sistemas de normalización implantables en cualquier sector económico (ISO 9001, ISO 14001, OSHAS 18001, ISO 166002,...)
    2. sistemas de normalización especialmente desarrollados para sectores específicos (IFS, BRC, ISO 22000, ISO 17025,..)
    3. modelo EFQM (Ader Excelencia Empresarial)
    4. proyectos de implantación de normas certificables de carácter voluntario.
  2. asesoramiento externo para la realización de estudios e implantación de herramientas, dirigidos a conseguir la mejora en la gestión empresarial:
    1. realización de prospecciones de mercado, auditorías sociolaborales, estudios de diagnosis o mejora en las diferentes áreas de la empresa.
    2. implantación de herramientas innovadoras de gestión no certificables.
  3. inversiones en activos ligados a la infraestructura de calidad:
    1. dotación de equipos y sus instalaciones, para cubrir necesidades de control de calidad, homologación o certificación de materias primas, productos en curso y terminados en las empresas.
    2. dotación de equipos y sus instalaciones, para la realización de ensayos y análisis técnicos.
    3. hardware y software para la implantación de los sistemas diagnósticos y herramientas de gestión.
  4. contratación por las empresas de técnicos para la implantación de sistemas de gestión.
Las actuaciones subvencionables podrán realizarse en las siguientes modalidades:
  • participación individual.
  • participación en cooperación.

Inicio de la inversión: 01/01/2010
Inversión mínima: 3.000,00 € 
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 50,00 % ó 100.000,00 € 
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables:
  • para el caso 2, costes de servicios de consultoría prestados por consultores externos.
  • para el caso 4, los costes salariales a lo largo de un período de veinticuatro meses a partir de la contratación.
NO serán subvencionables: inversiones cuya base imponible expresada en la correspondiente factura sea inferior a 300 euros; costes de auditoría de seguimiento; costes de adecuación, mantenimiento o adaptación de normas; implantación o certificación de una norma; costes de segundas y posteriores calibraciones de los equipos subvencionados; costes de normalización, certificación, homologación de productos y obtención de marcas de calidad; mobiliario; elementos fungibles y consumibles de las instalaciones de laboratorio; vehículos; activos usados.
Información adicional:
BENEFICIARIOS: empresas, organizaciones públicas, semipúblicas o privadas que presten servicios a las empresas, así como las agrupaciones empresariales.
CUANTIA: el porcentaje máximo reflejado es para el caso 1, 2 y 4, de los gastos subvencionables.
Para el caso 3, el porcentaje máximo subvencionable será del 20% para pequeñas empresas y el 10% para medianas empresas.
Para todas las actuaciones se incrementará la subvención indicada en un 0,5% cuando el beneficiario acredite algún modelo de certificación en el ámbito de las relaciones laborales, la responsabilidad social corporativa, la conciliación de la vida familiar y laboral, planes de igualdad, empresas familiarmente responsables, sistemas de prevención de riegos laborales y las Ohsas 18001, siempre que no suponga la superación del 20% para ayudas a la inversión y del 50% para ayudas en servicios de consultoría no vinculados a los programas propuestos por Ader Excelencia empresarial.
La cuantía máxima reflejada es un límite general por proyecto.
La inversión y/o gasto mínimo subvencionable deberá ser igual o superior a 3.000 euros, excepto proyectos de implantación de sistemas de gestión alineados con los principios de la Excelencia siguiendo el itinerario definido por ADER Excelencia empresarial.
Las ayudas están sujetas a los límites impuestos por la norma comunitaria de mínimis (en general, máx.: 200.000 euros de ayuda por beneficiario durante 3 años, 100.000 euros para el sector de transporte ó 30.000 euros para los de pesca y acuicultura).
RESTRICCIONES: se excluyen las empresas en período de reestructuración.
Sólo podrán subvencionarse inversiones iniciadas y gastos efectuados con posterioridad a la presentación de la correspondiente solicitud, salvo los correspondientes a la contratación de técnicos para la implantación de técnicas de gestión que serán subvencionables a partir del 01/01/10.
NOTA INTERNA: estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.
El presupuesto total para el año 2010 es de 794.160 euros; para el año 2011 es de 621.760 euros y para el 2012 es de 184.080 euros.
Localización del proyecto:
Rioja (La)
España
Localización del beneficiario:
Rioja (La)
España

Boletín: Boletín Oficial de La Rioja
FechaNormaContenidoPáginas
12/07/2010Resolución de 05/07/2010 Segunda convocatoria para el año 20109719-9724
12/02/2010Resolución de 01/02/2010 Convocatoria para el año 20101488-1493
23/10/2009Resolución de 19/10/2009 Bases y convocatoria para el año 200913616-13620
19/06/2009Resolución de 15/06/2009 Segunda convocatoria para el año 20098434-8437
16/02/2009Resolución de 12/02/2009 Convocatoria para el año 20091908-1917
16/02/2009Orden autonómica de 12/02/2009 Se modifica la O.9/2008, de 03/06/081889-1891
07/06/2008Orden autonómica de 03/06/2008 Bases reguladoras3910-3915
07/06/2008Resolución de 06/06/2008 Convocatoria para el año 20083962-3964

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