 | | Inicio convocatoria: 18/02/2010 | Final convocatoria: 30/11/2010 | Organismo otorgante: Cnj. Universidades, Empresa e Investigación / Gobierno de Murcia
| Acciones subvencionables: Ayudas para facilitar a las empresas de Murcia, especialmente a las Pymes, el acceso a préstamos avalados por una Sociedad de Garantía Recíproca, para la realización de inversiones de creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, o la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o un cambio fundamental en el proceso de producción global de un establecimiento existente.
| | | Tipo de subvención: | Anticipos reembolsables y préstamos
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| Gastos subvencionables: Serán subvencionables: activos fijos productivos (nuevos y de segunda mano); vehículos turismos –excepto para empresas del sector transporte- cuyo precio (IVA incluido) no supere los 24.000€; y la adquisición de empresas.
NO serán subvencionables: IVA, reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, cualesquiera otros impuestos vinculados a la inversión y el circulante.
| Información adicional: BENEFICIARIOS: empresas.
Se excluyen como beneficiarios las empresas de producción primaria de ciertos productos agrícolas, las de pesca y acuicultura y las actividades relacionadas con la exportación.
También quedan excluidas las empresas en situación de crisis (con ciertas excepciones), las que estén que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente.
CUANTIA: la ayuda consistirá en la subsidiación del coste del aval del 1,5% anual sobre el saldo anual vivo hasta un máximo de las 15 primeras anualidades de amortización de la operación de préstamo avalado.
RESTRICCIONES: NO podrán ser objeto de ayuda aquellos proyectos cuyos costes subvencionables sean iguales o superiores a 50 millones de euros.
La actividad subvencionada deberá mantenerse en funcionamiento durante, al menos, 5 años y los bienes subvencionados deben destinarse al mismo fin durante el mismo período mínimo.
La inversión no podrá estar iniciada antes del 01/01/09, ni finalizada en el momento de solicitud y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses desde la fecha de la firma de la financiación.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas podrán acumularse entre sí, siempre que estén referidas a costes subvencionables diferentes.
También serán compatibles con otras ayudas financieras, siempre y cuando la suma de todas ellas no exceda el límite de intensidad más elevado previsto en ellas ni el tope regional.
Serán incompatibles con las que estén financiadas por otros fondos estructurales distintos del FEDER, por otro objetivo o por otro Programa Operativo.
En ningún caso podrá superar, aisladamente o en concurrencia, el coste total de la actividad.
Estas ayudas están sujetas al Marco Temporal aplicable a las medidas de ayuda estatal para facilitar el acceso a la financiación en el actual contexto de crisis económica y financiera.
NOTA INTERNA: las ayudas están cofinanciadas por los fondos FEDER en un 70%.
El dotación total del programa de ayudas para empresas para 2010 es de 14.625.000 euros (de los cuales, 3.000.000 euros se destinan al subprograma de financiación en el que se enmarca este linea). Esta cuantía podrá incrementarse hasta 6.000.000 euros adicionales.
El plazo de resolución será de 2 meses a partir de la presentación de la solicitud.
El plazo de justificación será de 3 meses desde la finalización del plazo de ejecución del proyecto.
La solicitud se puede presentar telemáticamente a través del area de tramitación electrónicadel portal del IFRM.
| Localización del proyecto: Murcia (Región de) España
| Localización del beneficiario: Murcia (Región de) España
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Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia
 | | Fecha | Norma | Contenido | Páginas |  | | 16/04/2010 | Resolución de 19/02/2010 | Concesión de ayudas durante el cuarto trimestre de 2009 | 18907-18928 (6474)
| | 15/04/2010 | | Corrección de errores de la O. 15/02/10 | 18786 (6411)
| | 27/03/2010 | | Correcciones del texto en la O.15/02/10 | 15618-15620 (5396)
| | 17/02/2010 | Orden autonómica de 15/02/2010 | Bases y convocatoria para el año 2010 | 7721-7791 (2555)
| | 31/12/2009 | Resolución de 27/12/2009 | Ampliación de presupuesto de la O. 27/01/09 | 69119 (20466)
| | 08/08/2009 | Orden autonómica de 31/07/2009 | Se modifica la O.27/01/09 | 44953-44966 (13144)
| | 31/01/2009 | Orden autonómica de 27/01/2009 | Bases y convocatoria para el año 2009 | 3272-3300 (1305)
| | 22/02/2007 | Orden autonómica de 15/02/2007 | Bases y convocatoria para el año 2007 | 5815-5839
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