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Subvenciones y ayudas

Ayudas a empresas: apoyo a operaciones financiadas con fondos del ICO
Inicio convocatoria: 18/02/2010Final convocatoria: 29/10/2010
Organismo otorgante:
Cnj. Universidades, Empresa e Investigación / Gobierno de Murcia
Acciones subvencionables:
Ayudas para inversiones en activos fijos nuevos correspondientes a proyectos de creación, ampliación y modernización. Las ayudas consistirán en la subvención del interés de los préstamos que los beneficiarios obtengan de las Entidades Financieras que tengan suscrito Convenio específico de colaboración con el Instituto de Crédito (ICO).
Estas ayudas se enmarcan el la línea Línea ICO - Inversión Nacional 2010.

Inicio de la inversión: 01/01/2009
Inversión máxima: 10.000.000,00 € 
Tipo de subvención: Anticipos reembolsables y préstamos

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: ó 300.000,00 € 
Máximo subvencionable del préstamo:100,00 %
Plazo máximo de amortización:144 meses
Plazo mínimo de amortización:60 meses
Plazo máximo de carencia:36 meses
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables: activos fijos productivos (nuevos y de segunda mano); vehículos turismos –excepto para empresas del sector transporte- cuyo precio (IVA incluido) no supere los 24.000€; y la adquisición de empresas.
NO serán subvencionables: IVA, reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, cualesquiera otros impuestos vinculados a la inversión y el circulante.

Información adicional:
BENEFICIARIOS: empresas radicadas en Murcia.
CUANTIA: el importe de ayuda máxima reflejado es un límite por beneficiario y convocatoria.
Las ayudas consistirán en la bonificación de hasta un punto de interés (o 1,5 puntos para operaciones avaladas por una Sociedad de Garantía Recíproca).
CONDICIONES DEL PRÉSTAMO: el préstamo puede cubrir hasta el 100% del proyecto de inversión elegible, con un límite de 2.000.000 euros para autónomos, microempresas y pequeñas empresas y hasta 10.000.000 euros para las demás empresas.
El plazo de amortización podrá ser: 5 años (sin carencia o con 1 año de carencia), 7 años (sin carencia o con 2 años de carencia ), 10 años (sin carencia ó 3 años de carencia) y 12 años (sin carencia ó 3 años de carencia).
El tipo de interés podrá ser fijo (según cotización quincenal comunicada por ICO, más hasta 2 p.p.) o variable (Euribor a 6 meses más diferencial, según cotización quincenal comunicada por ICO, más 2,00 p.p).
RESTRICCIONES: se excluyen como beneficiarios las empresas de producción primaria de ciertos productos agrícolas, las de pesca y acuicultura, y las actividades relacionadas con la exportación.
También quedan excluidas las empresas en situación de crisis (con ciertas excepciones), las que estén que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente.
La inversión no podrá estar iniciada antes del 01/01/2009, ni podrá estar finalizada en el momento de solicitud y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses desde la fecha de la firma de la financiación.
Las inversiones objeto del proyecto subvencionado deberán mantenerse durante 5 años.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas podrán acumularse entre sí, siempre que estén referidas a costes subvencionables diferentes.
También serán compatibles con otras ayudas financieras, siempre y cuando la suma de todas ellas no exceda el límite de intensidad más elevado previsto en ellas ni el tope regional.
Serán incompatibles con las que estén financiadas por otros fondos estructurales distintos del FEDER, por otro objetivo o por otro Programa Operativo.
En ningún caso podrá superar, aisladamente o en concurrencia, el coste total de la actividad.
Estas ayudas están sujetas al Marco Temporal aplicable a las medidas de ayuda estatal para facilitar el acceso a la financiación en el actual contexto de crisis económica y financiera.
NOTA INTERNA: las ayudas están cofinanciadas por los fondos FEDER en un 70%.
El dotación total del programa de ayudas para empresas para 2010 es de 14.625.000 euros (de los cuales, 3.000.000 euros se destinan al subprograma de financiación en el que se enmarca este linea). Esta cuantía podrá incrementarse hasta 6.000.000 euros adicionales.
El plazo de resolución será de 2 meses a partir de la presentación de la solicitud.
El plazo de justificación será de 3 meses desde la finalización del plazo de ejecución del proyecto.
La solicitud se debe presentar telemáticamente a través del area de tramitación electrónicadel portal del IFRM.
Localización del proyecto:
Murcia (Región de)
España
Localización del beneficiario:
España

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia
FechaNormaContenidoPáginas
16/04/2010Resolución de 19/02/2010 Concesión de ayudas durante el cuarto trimestre de 200918907-18928 (6474)
15/04/2010 Corrección de errores de la O. 15/02/1018786 (6411)
27/03/2010 Correcciones del texto en la O.15/02/1015618-15620 (5396)
17/02/2010Orden autonómica de 15/02/2010 Bases y convocatoria para el año 20107721-7791 (2555)
31/12/2009Resolución de 27/12/2009 Ampliación de presupuesto de la O. 27/01/0969119 (20466)
08/08/2009Orden autonómica de 31/07/2009 Se modifica la O.27/01/0944953-44966 (13144)
31/01/2009Orden autonómica de 27/01/2009 Bases y convocatoria para el año 20093272-3300 (1305)
07/04/2007Orden autonómica de 28/03/2007 Bases y convocatoria para el año 200710713-10722 (4786)
02/01/2006Orden autonómica de 28/12/2005 Bases y convocatoria para el año 20063-23 (15198)
21/10/2005Resolución de 07/10/2005 Concesión del A.29/12/0422597-22610 (11790)
08/10/2005Ley de bases de 00/00/0000 Concesión del A.29/12/0421782-21785 (11245)
08/10/2005Acuerdo de 00/00/0000 Concesión del A.29/12/0421773-21781 (11244)
03/10/2005 Se modifica beneficiarios y plazo de solicitud del A.29/12/0421381-21382 (11167)
19/04/2005Convocatoria de propuesta de 29/12/2004 Convocatoria para el año 20059567-9568 (4549)
22/01/2005Acuerdo de 29/12/2004 Bases y convocatoria para el año 20051737-1756 (597)
20/02/2004Anuncio de 00/00/0000 Concesión del cuarto trimeste del año 20033817-3827 (1737)
02/01/2004Acuerdo de 17/12/2003 Bases y convocatoria para el año 200423-39 (14499)

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